LITIGIO DE CASOS

 

 

 

AJDH trabaja en el litigio de casos en el ámbito nacional y/o internacional, en colaboración con otras organizaciones o directamente con familiares, personas o comunidades afectadas por la violación de sus derechos. Por esa razón, la difusión de cada uno de los casos por lo general es o será definida a partir de la estrategia y momento procesal de cada uno de ellos. Mientras tanto, lo que aquí únicamente se hace es una breve descripción del tipo de violaciones que se están denunciando y de los derechos vulnerados.

 

Litigio de casos

 

Caso de violación al derecho a la vida y negación de protección judicial. Hace más de 15 años el señor Celerino Jiménez Almaraz fue víctima de ejecución extrajudicial en manos de agentes de policía judicial del estado de Oaxaca y los perpetradores se encuentran impunes debido a la actuación omisa y negligente de los responsables de procurar y administrar justicia. Durante todo ese tiempo, la señora Estela García Ramírez, quien fuera esposa de la víctima, ha recorrido un doloroso y difícil trayecto en busca de solución del caso ante la CIDH, acompañada por diferentes organismos de derechos humanos y en los últimos años por AJDH. En marzo de 2011, se firmó un acuerdo con el Gobierno mexicano y en particular con el Gobernador Gabino Cue, para buscar una solución amistosa basada en el reconocimiento de responsabilidad. Reconocimiento de responsabilidad y petición de perdón del Estado Mexicano a deudos de Celerino Jiménez Almaraz.


Debido a que a cuatro años de la firma del Acuerdo de solución amistosa no fueron cumplidos los puntos relativos tanto a la investigación y enjuiciamiento de los responsables como a la implementación de medidas de satisfacción y de no repetición, en marzo de 2014 la señor Estela García Ramírez expresó a la CIDH su voluntad de retirarse del proceso de solución amistosa y le solicitó la elaboración del informe de fondo. A la fecha se continúa esperando dicho informe de parte de la CIDH.

 

Caso de tortura, violaciones al debido proceso y a la libertad personal. AJDH está colaborando en la búsqueda de justicia en el ámbito internacional, con familiares de dos jóvenes que se encuentran privados de libertad cumpliendo una condena de 27 años en el Distrito Federal, acusados bajo tortura de un delito de homicidio que no cometieron. La tortura fue documentada por la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, la cual formuló la Recomendación 2/2006 en la que plantea a las autoridades responsables la necesidad de restituirles los derechos violados. La denuncia fue presentada en el año 2008 y aún está en espera que la CIDH abra a trámite el caso.

 

Caso de violación de derechos político electorales de los pueblos indígenas en el Estado de Oaxaca. AJDH, en coordinación con SER Mixe, se encuentra acompañando la impugnación de la decisión del Tribunal Federal Electoral que anuló a finales del año 2010 la elección por usos y costumbres reconocida por las leyes oaxaqueñas, de Presidente municipal y del Ayuntamiento del municipio de San Juan Cotzocón, Oaxaca, bajo el argumento de que los derechos político electorales del pueblo de Cotzocón debían subordinarse a los de personas que reclamaron la supuesta violación de sus derechos individuales. La denuncia fue presentada ante la CIDH en el año 2011 y está pendiente de ser abierta a trámite.

 

Caso de violación de derechos territoriales de los pueblos indígenas. Ante la negativa de los tribunales internos de brindar protección a la Comunidad de Jaltepec de Candayoc, frente a la expropiación ilegal (sin indemnización) y falta de reversión de una superficie que no fue utilizada para los fines de la expropiación, en coordinación con SER Mixe, AJDH está colaborando con la Comunidad en la búsqueda de justicia en el ámbito internacional. La denuncia fue presentada ante la CIDH en marzo de 2012 y está pendiente de ser abierta a trámite.

 

 

Caso de discriminación múltiple en contra de la señora Ernestina Ascencio Rosario. A solicitud de familiares de la señora Ascencio y de la Coordinadora Regional de Organizaciones Indígenas de la Sierra Zongolica (CROIZ), AJDH presentó una solicitud de información pública para conocer los peritajes que determinaron que la señora Ernestina perdió la vida a causa de una agresión sexual de parte de miembros del Ejército mexicano y los que determinaron que murió a causa de gastritis. (Se murió de gastritis indígena asesinada en Soledad Atzompa, dice Calderón, Felipe Calderón dio valoración sin pruebas en caso Zongolica: IFAI).

 

Debido a que le fue negada la entrega de dicha información, presentó los recursos y la demanda de amparo correspondiente, confirmándose la negativa bajo el argumento de que de darse a conocer íntegramente los documentos solicitados, se revelaría “no sólo el estado de salud que padecía la ahora occisa, sino también las condiciones de higiene, hábitos alimenticios, características afectivas o sentimentales, y todos aquellos aspectos socioeconómicos que en un momento dado pudieran haber influido para colocarla en esa situación de vulnerabilidad.” Con tal negativa se impidió a las organizaciones interesadas el acceso a tales documentos que permitirían, mediante análisis de los mismos, conocer la verdad sobre la causa de la muerte de la señora Ernestina. Se han agotado los recursos que ofrece la legislación interna para ejercer el derecho a la verdad y se continúa buscando justicia por la discriminación en que vivió y murió, ya que independientemente de la causa que haya ocasionado su muerte, las condiciones en las cuales vivió como mujer, indígena y anciana, le impidieron el ejercicio pleno de sus derechos humanos.Recomendación No. 34/2007 sobre el caso de la señora Ernestina Ascencio Rosaria emitida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

 

En enero de 2012 se presentó denuncia ante la CIDH contra el Estado mexicano, como responsable de violar el derecho de acceso a la verdad, así como por la discriminación múltiple que cometió en contra de la señora Ascencio Rosario, ya que lo que ella sufrió y le ocasionó la muerte obedeció a su condición de mujer, de ser parte de un Pueblo indígena y de vivir en condiciones de empobrecimiento. El caso fue abierto a trámite por parte de la CIDH en noviembre de 2013 y actualmente se encuentra en su etapa de admisibilidad.

 

Caso de discriminación de mujeres y pueblos indígenas por falta de diferenciación en los servicios de salud que les ofrece el Estado mexicano. AJDH, en coordinación con SER Mixe, está colaborando con la Comunidad de Jaltepec de Candayoc Mixe, de Oaxaca, en el litigio de un amparo por omisión de las autoridades responsables de los servicios de salud en el país y en el Estado, de brindarles servicios de salud de calidad y culturalmente adaptados sin obstáculos de ningún tipo como el económico, por ejemplo. Omisión que se reclama como discriminación por falta de diferenciación, ya que en los servicios que se ofrecen actualmente no se considera su identidad y derechos colectivos ni las desventajas que enfrentan las mujeres por razones de género.


En febrero de 2014 el Juez Tercero de Distrito en el Estado de Oaxaca dictó sentencia declarando que el Gobierno de Oaxaca y la Secretaría de Salud de dicho Estado violaron el derecho a la salud de los miembros de la Comunidad y ordenó a dichas autoridades ampliar la clínica que existe en la Comunidad y ofrecerles servicio de especialidades, sin embargo no les ordenó consultar e incluir a la Comunidad en la decisión de dicha ampliación y sobreseyó el amparo en contra del Gobierno Federal. Considerando que a pesar de haber declarado procedente la acción pero incompletos sus efectos, y que para la eficacia del amparo se requiere la participación de las dependencias federales, se interpuso recurso de revisión.

 

En octubre de 2014 el Tribunal Colegiado resolvió procedente el recurso de revisión interpuesto, revocar la sentencia dictada por el Juzgado de Distrito y ordenando a éste recabar mayores pruebas que permitan determinar entre otras cosas, cuáles son las acciones que deberían realizar las autoridades señaladas como responsables, para cumplir con sus obligaciones frente a los miembros de la Comunidad, en materia del derecho a la salud. Actualmente se continúan desahogando dichas pruebas y se espera que pronto se dicte una nueva sentencia. (Otras publicaciones)

 

Caso de discriminación de mujeres y pueblos indígenas por falta de diferenciación en el Programa Oportunidades “hoy Programa Prospera”. Ante la inconformidad de la Comunidad de Jaltepec de Candayoc mixe con las condiciones que les impone el Programa Oportunidades, violatorias de su derecho de no discriminación, derechos culturales (que se les hable en su lengua, se respeten sus tradiciones, sus fiestas, sus creencias, su alimentación, etc), derechos colectivos (consulta y participación, instituciones y organización tradicionales, autonomía, etc.), así como derecho de las mujeres a vivir libres de violencia, en coordinación con SER Mixe, AJDH  presentó amparo por omisión de la obligación del Estado de implementar programas para garantizar los derechos de las mujeres y los pueblos indígenas, reclamando que el programa que implementa es discriminatorio por indiferencia de la identidad cultural y colectiva de la Comunidad y de la realidad que viven las mujeres por razones de género, aplicándoseles de la misma manera que a la población no indígena y a la población urbana.

 

El 27 de enero de 2015, el Juez Tercero de Distrito del Estado de Oaxaca dictó sentencia sobreseyendo el  juicio de amparo debido a que el juzgado tuvo conocimiento de que en septiembre de 2014 se creó el Programa Prospera, dejando de existir el Programa Oportunidades que constituía el origen de los actos reclamados. Por considerar que la sentencia no se encontraba apegada a la realidad ni a las leyes, en febrero de 2015 se interpuso recurso de revisión contra la misma, ya que el programa continuó existiendo en las mismas condiciones, incluso con las mismas reglas de operación y sólo se le cambió de nombre, por lo que persisten los actos violatorios de los derechos de los miembros de la Comunidad y la Comunidad misma. Continúa pendiente la sentencia que resuelva el recurso de revisión interpuesto. (Otras publicaciones)

 

Caso de violación al consentimiento informado en materia de derechos reproductivos. En colaboración con la Señora “T”, mujer indígena a quien al momento de practicarle una cesárea se le implantó sin consentimiento un Dispositivo intrauterino (DIU), AJDH en coordinación con SER Mixe ha presentado una demanda civil de reparación de los daños ocasionados a la señora y a su familia por parte del Sistema de salud del Estado de Oaxaca. La demanda fue admitida por el juzgado y abierta a trámite. Se desahogaron las pruebas ofrecidas, excepto la prueba testimonial, la cual ha tardado en su desahogo debido a dos razones: la primera, que se solicitó se desahogara mediante exhorto en el juzgado más cercano a la comunidad de la que es parte la actora; y la segunda, porque el juez desecho la mayoría de las preguntas contenidas en el interrogatorio que se propuso para interrogar a las testigos, lo cual dio lugar a la interposición de un recurso de apelación que tardó 11 meses en resolverse. Se espera tener sentencia en el primer semestre de 2016.

 

 

 

PARTICIPACIÓN EN PROCESOS ORGANIZATIVOS

 

 

Proceso de Mujeres indígenas en contra de la discriminación múltiple que enfrentan por ser mujeres y por ser indígenas

 

Después de haber participado durante casi cuatro años en el proyecto Discriminación por etnia y género en las Américas: el caso de las mujeres indígenas (el proyecto regional), AJDH ha formado parte de un proceso organizativo en colaboración con organizaciones indígenas de Argentina (Consejo de Organizaciones Aborígenes de Jujuy), Colombia (Organización Nacional Indígena de Colombia) y Canadá (Asociación de Mujeres Indígenas de Quebec). Este proceso se plantea la continuidad de acciones que buscan contribuir al fortalecimiento de las mujeres indígenas como sujetos y como parte de su comunidad; incidir en las políticas públicas a partir de sentencias judiciales que obliguen al Estado a implementar políticas diferenciadas culturalmente y atendiendo las desventajas que por razones de género viven las mujeres indígenas, a fin de garantizarles el ejercicio pleno de sus derechos individuales y colectivos. Se busca también la creación de condiciones para el acceso a la justicia, incluyendo un marco conceptual creado por las propias mujeres y una metodología adecuada a su realidad e identidad, tal como ha sido propuesto a la CIDH durante la audiencia concedida en marzo de 2012. (Documento presentado en la audiencia)


Proceso de fortalecimiento del Grupo de Mujeres Kopk

    Dentro del proyecto Discriminación por etnia y género en las Américas: el caso de las mujeres indígenas, cuyo propósito inicial había sido la judicialización de casos de doble discriminación y producir jurisprudencia interamericana que llevara a los Estados a implementar políticas para erradicar dicha discriminación, aprendimos que un paso fundamental para lograr la documentación y la denuncia de casos era la conciencia de derechos por parte de las mujeres y el fortalecimiento de su conciencia de derechos. Además, que era indispensable la participación de las autoridades de la comunidad para detonar un proceso colectivo en el que se diera apoyo a las mujeres que desearan presentar una denuncia y al mismo tiempo se hiciera conciencia de que la discriminación contra una o más mujeres implicaba afectación también de los derechos colectivos de la comunidad y pueblo al que pertenecen.

     

    Fue así como se elaboró e implementó durante los años 2011 y 2012, el Programa de capacitación/acción participativa contribuyendo al surgimiento del Grupo de Mujeres Kopk de Jaltepec de Candayoc, el cual se hizo presente ante las autoridades tradicionales y la Asamblea de Comuneros para solicitar la asignación de un terreno para lo que hoy es la Casa Comunitaria de la Mujer, constituyéndose como el espacio de encuentro de las mujeres de la comunidad en donde han iniciado la creación de un jardín botánico.

     

Palapa

Baño ecológico

 

ACTIVISMO

 

 

Exigencia de garantías para el trabajo de defensores y defensoras de derechos humanos.

La vivencia cercana de ataques a compañeras/os defensoras y defensores de derechos humanos como Digna Ochoa, Pilar Noriega y Leonel Rivero, así como de tantas personas que a causa de su trabajo han sido afectadas en su vida, en su seguridad y en su proyecto de vida, hizo que AJDH viera la emisión por parte de la CIDH del Informe sobre la situación de las Defensoras y Defensores de Derechos en las Américas como una oportunidad para reimpulsar el debate y la exigencia de políticas de Estado tendientes a garantizar su trabajo.

 

Fue así como en coordinación con organizaciones como Grupo de Investigación sobre Reproducción Elegida (GIRE), la Red contra la violencia hacia las Mujeres en Ciudad Juárez, Servicios de Pueblo Mixe (Oaxaca), el Centro de Reflexión y Acción Laboral y la Red Nacional de Organismos de Derechos Humanos Todos los Derechos para Todos y Todas, presentó ante las más altas autoridades mexicanas en la materia, una propuesta de atención a las recomendaciones formuladas por la CIDH en el informe mencionado (vínculo a la propuesta -falta), participó en un proceso de interlocución con representantes de las  instituciones involucradas y participó en el impulso de una propuesta de medidas para la adopción de políticas de protección y garantía del trabajo de defensoras y defensores de derechos humanos (vínculo a la metodología -falta).

 

A través de los años el debate ha continuado, enriquecido por la articulación de organizaciones de defensoras y defensores de derechos humanos, con periodistas y organizaciones defensoras de la libertad de expresión, dando lugar a la aprobación en 2012 de la Ley para la Protección de Defensoras y Defensores de Derechos Humanos y Periodistas y al Mecanismo para la protección de periodistas y defensoras y defensores de derechos humanos.

 

Pronunciamientos

 

URGENTE RESPUESTA DEL ESTADO COLOMBIANO PARA LA EFECTIVA GARANTÍA DEL DERECHO A DEFENDER DERECHOS HUMANOS. (vínculo al texto) 

 

Defensa y fortalecimiento del SIDH:


En respuesta a la ofensiva lanzada por Estados miembros de la OEA desde los años noventas a la fecha, organizaciones nacionales, regionales y redes de defensoras/es de derechos humanos, usuarias del SIDH y las que trabajan por la vigencia de los derechos humanos en la región y en el mundo, se han articulado para monitorear las políticas adoptadas por los Estados en el ámbito de la OEA o por Estados en los cuales existe una situación particularmente grave, a fin de reaccionar de manera coordinada desde los respectivos países a través de comunicados públicos y también mediante comunicaciones que directamente se presentan a los órganos políticos de la propia OEA, y/o a las instancias de representación de los propios Estados. Desde su surgimiento, AJDH es parte activa de esta coalición.


Se trata de una red muy amplia y flexible cuyos miembros actúan desde sus propios países y se reúnen a propósito de las audiencias que la CIDH otorga durante sus sesiones ordinarias en Washington, D. C. y quienes tienen posibilidades acuden a las asambleas de la OEA y sesiones de sus órganos políticos. Actúa con base en la información que circulan las organizaciones que realizan monitoreo en las sedes directamente, como el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) y la Fundación para el Debido Proceso, entre otras. En marzo de 2013 organizaciones de la Coalición se presentaron en audiencia ante la CIDH para presentar su posición sobre el debate.


Pronunciamientos.


Carta al Secretario General de la Organización de los Estados Americanos (OEA) a propósito de la “Conversación Informal entre el Secretario General, el Secretario General Adjunto y los representantes de las organizaciones de la sociedad civil”, que tuvo lugar el día 3 de junio de 2013 en el contexto de la XLIII Asamblea General de la OEA.

 

Opinión de organizaciones de la Coalición Internacional por los Derechos Humanos de las Américas. Sesión Extraordinaria del Consejo Permanente con las organizaciones de la sociedad civil y demás usuarios del Sistema Interamericano de Derechos Humanos el 6 de marzo de 2013


Carta al Consejo Permanente sobre  Participación de la sociedad civil en el proceso de discusión relacionado con la Resolución AG/RES.2761

La Coalición Internacional de organizaciones para los derechos humanos en las Américas celebra la sentencia dictada por la justicia peruana en contra del ex presidente peruano Alberto Fujimori.


El Sistema de Integración Centroamericana no debe obviar la grave situación de derechos humanos en Honduras.

 

Reprimir es un delito, expresarse es una libertad

 

 

INVESTIGACIÓN

 

 

 

Como parte del proyecto Discriminación por etnia y género en las Américas: el caso de las mujeres indígenas, en el año 2010 coordinamos una investigación para verificar la manera en que el Programa Oportunidades estaba basado en el marco de derechos de las mujeres indígenas y de los pueblos a que pertenecen, así como su manera de incorporar o no, la perspectiva de los pueblos indígenas y el enfoque de género. Esta investigación se llevó a cabo con la participación de Servicios del Pueblo Mixe y la Comunidad de Jaltepec de Candayoc Mixe, Oaxaca. Es una investigación de carácter nacional cuya implementación fue verificada con mujeres tzetales de Ocosingo, Chiapas y en Jaltepec de Candayoc. El informe de la investigación se denomina El Programa Oportunidades y los derechos de las Mujeres indígenas en México.  

 

 

Las conclusiones de la investigación sobre el Programa Oportunidades nos llevaron a verificar si los servicios que ofrece el Sistema Nacional de Salud a las mujeres y pueblos indígenas, respeta y garantiza el derecho al más alto nivel de bienestar en salud y es adaptado a su cultura. El trabajo se realizó con la participación como investigadoras comunitarias, de mujeres tzeltales de la Coalición de Mujeres unidas rumbo al desarrollo y de mujeres mixes de Jaltepec de Candayoc , así como de SER Mixe y la comunidad de Jaltepec de Candayoc, Mixe, Oaxaca. El informe fue publicado bajo el título de Atención de la salud y de la salud reproductiva de las Mujeres Indígenas en México  

 

 

 

FORTALECIMIENTO DE LA CONCIENCIA DE DERECHOS
Y DE ESTRATEGIAS DE SU DEFENSA

 

 

AJDH contribuye a hacer accesible a personas y colectivos interesados en el conocimiento de herramientas y estrategias jurídicas para la defensa de los derechos humanos. Entre los talleres que ofrece están:

 

A. Taller sobre el significado de acudir ante el SIDH en demanda de justicia

 

AJDH ofrece el taller “El significado de acudir ante el SIDH en busca de justicia”, adecuándolo al sector o sujeto que busca conocer qué es y qué puede esperar si acude al SIDH en busca de justicia o de la activación de los mecanismos con que cuenta la CIDH para la promoción y protección de los derechos humanos en la región.

 

Si bien en la última década se han registrado avances importantes en la impartición de justicia, aún existe gran insatisfacción con la deficiente o nula respuesta estatal ante la demanda de justicia por parte de las personas o colectivos afectados por la violación de sus derechos humanos. Es por ello que la creciente divulgación que han tenido en México y en los demás países de América Latina los resultados de los casos tramitados ante la CIDH y la Corte IDH, ha generado expectativas y una enorme demanda de atención por parte de estos órganos de protección, por parte de quienes acuden a ellos en busca de la justicia que en los tribunales nacionales les ha sido negada.

 

Mediante estos talleres, AJDH contribuye para que las personas y colectivos afectados en sus derechos, sus familiares y organizaciones que desean acudir ante el SIDH a presentar sus casos, logren la mayor comprensión y elementos para preparar y presentar sus casos ante la CIDH. Trata de que se formen expectativas realistas de lo que implica el trámite de un caso, sus implicaciones, así como de los resultados posibles y escenarios de cumplimiento por parte del Estado mexicano, construidos teniendo como eje un caso concreto, a fin de lograr como producto una estrategia que podría guiar su acción, de manera que puedan implementarla con o sin el acompañamiento de AJDH. Se trata de dotarles de las mayores herramientas para que, en caso de llegar a presentar el caso ante la CIDH, sean actoras/es partícipes de la tramitación y las decisiones que implica.

 

 

B. Taller “Estrategia jurídica de defensa de los derechos humanos”

Actualmente en México hay cada vez mayor interés de las organizaciones y movimientos sociales que reclaman el respeto de sus derechos frente a diferentes fenómenos que están ocurriendo a lo largo y ancho del país, por utilizar estrategias jurídicas en la defensa de los territorios y recursos naturales como el agua;  frente a las industrias extractivas; frente a los impactos de la violencia e inseguridad; frente a políticas públicas que no están hechas sobre la base del respeto de los derechos humanos.

 

Estas posibilidades de utilizar las estrategias jurídicas en la defensa de los derechos humanos se potenciaron aún más con la entrada en vigor de la Reforma Constitucional en materia de derechos humanos de junio 2011, las medidas adoptadas por el Poder Judicial Federal para el cumplimiento de la Sentencia emitida por la Corte IDH en el caso Rosendo Radilla vs. México, así como las posibilidades que ofrece la nueva Ley de Amparo para la defensa jurídica de los derechos humanos.

 

Es por ello que AJDH ofrece talleres que buscan, en primer lugar, que las organizaciones, familiares y colectivos formulen un diagnóstico de los hechos que les están afectando, basado en el marco de los derechos humanos reconocidos por el Estado tanto en la Constitución y sus leyes, como en los tratados internacionales; en segundo lugar, se propone reflexionar acerca de las vías de defensa jurídica y no jurídica que existe para cada uno de los derechos violados, así como sus implicaciones; y en tercer lugar, elaboren una estrategia basada en sus prioridades y objetivos que se proponen alcanzar. En luchas por el agua que se llevan a cabo en Chihuahua y en Coahuila, AJDH los ha llevado a cabo en coordinación con el Centro Mexicano de Derecho Ambiental.

 

La información, comprensiones y reflexiones logradas permiten tomar decisiones acerca de las acciones a llevar a cabo frente a las violaciones a los derechos identificados. Acciones sobre las cuales AJDH podría contribuir de acuerdo a sus posibilidades. 

 

C. Taller “Los derechos sexuales y los derechos reproductivos en el contexto cultural de los pueblos indígenas”

 

Grandes esfuerzos se han llevado a cabo en las últimas décadas a fin de contribuir a que todas las mujeres tengan la oportunidad de recibir información veraz acerca de la constitución y funcionamiento de su cuerpo, su función reproductiva y su sexualidad. Información que resulta determinante en el cuidado y toma de decisiones acerca de su vida, de su proyecto de vida, de su cuerpo, de su salud sexual y su salud reproductiva. No obstante, hoy en día todavía muchas mujeres enfrentan grandes obstáculos para acceder a dicha información y a condiciones para el ejercicio de sus derechos.

 

Para las mujeres indígenas la oportunidad de contar con tal información y de ejercer sus derechos relacionados con las decisiones mencionadas, enfrenta obstáculos de diferente índole, los cuales son aún mayores que para las mujeres no indígenas. Incluso los esfuerzos realizados seguirán ofreciendo resultados limitados mientras la tarea de buscar la vigencia de tales derechos no sea de las propias mujeres indígenas y de toda su comunidad.

 

Con el fin de contribuir a eliminar los obstáculos para ello, AJDH, colabora con comunidades, organizaciones indígenas y organizaciones de mujeres indígenas, con talleres sobre derechos sexuales y derechos reproductivos en el contexto de la realidad y los derechos de los pueblos y las mujeres indígenas.

 

 

 

 

 

 

INICIO