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TEMAS
Derecho de No Discriminación
Derecho de las mujeres a una vida libre de violencia
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El reconocimiento de este derecho específico de las mujeres ha significado a su vez el reconocimiento del alto índice de violencia histórica que han enfrentado y siguen enfrentando las mujeres por ser mujeres. Este derecho específico, si bien incluye otros derechos como al de una vida digna y a la integridad personal; en particular, como lo señala la Convención de Belém do Pará, incluye el derecho a ser educadas y valoradas libres de patrones estereotipados de comportamiento basadas en conceptos de inferioridad o superioridad entre hombres y mujeres, y el derecho a ser libres de toda forma de discriminación.
El derecho de las mujeres a una vida libre de violencia conlleva la obligación del Estado no sólo de abstenerse de llevar a cabo acciones que transgredan la integridad de las mujeres, sino también a adoptar medidas para disminuir y eliminar las brechas de desigualdad entre mujeres y hombres, y asegurar a las mujeres el goce de todos sus derechos en igualdad de oportunidades que los hombres.
El trabajo que realizamos en esta área busca lograr justicia integral para las mujeres que han sido violentadas en sus derechos y en particular en su derecho a una vida libre de violencia, así como a incidir en las políticas públicas de atención a la violencia contra las mujeres y en la capacitación del personal del servicio público responsable de garantizar el ejercicio de sus derechos sin discriminación.
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Derechos colectivos de los Pueblos Indígenas
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Si bien desde la suscripción del Convenio 169 de la OIT en el año 1990, el Estado mexicano reconoció los derechos colectivos de los Pueblos Indígenas, siendo hasta 2001 cuando se reformó el artículo 2 constitucional y se incorporaron algunos de estos derechos en la constitución, su ejercicio efectivo y garantía se encuentran aún pendientes. La violación de los derechos de participación y consulta, los derechos territoriales, así como los culturales de los pueblos indígenas continúan siendo una constante en el diseño y operación de políticas públicas, así como en la implementación de proyectos económicos y de desarrollo.
Ante esta situación, se realiza trabajo de defensa de los derechos colectivos de los pueblos indígenas, partiendo del entendimiento del protagonismo de los propios pueblos en estos procesos, que buscan además su reconstitución y fortalecimiento mediante la defensa de sus derechos.
A partir de los resultados obtenidos en la investigación publicada bajo el nombre El Programa Oportunidades y los derechos de las Mujeres Indígenas, aludían directamente a la manera en que el país se están implementando políticas de atención a la pobreza y se aplican de manera general, incluso a los Pueblos indígenas sin atender su realidad específica ni sus derechos y tampoco las desventajas que las mujeres enfrentan por razones de género; por lo que, considerando que programas similares se están aplicado en los demás países de América Latina, se convocó a especialistas de Argentina, Chile, Colombia, Venezuela, Costa Rica, Canadá y México, a una reunión que se llevó a cabo en noviembre de 2011, la cual permitió con sus aportes, profundizar un análisis regional sobre el tema, llegando a conclusiones en el sentido de que las políticas dirigidas a atender la situación que de empobrecimiento que enfrentan los pueblos indígenas y en particular las mujeres indígenas, deben partir de los propios pueblos, en estricto respeto a sus derechos colectivos y los derechos de las propias mujeres. La relatoría y conclusiones de la reunión está disponible en el documento Estrategias para el fortalecimiento de las políticas contra la pobreza desde una perspectiva étnica, de género y de derechos humanos.
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Acceso a la Justicia
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Los obstáculos en el acceso a la justicia se incrementan en el caso de personas y colectivos que se encuentran en situaciones de vulnerabilidad, ya sea por razones de género, pertenencia étnica, empobrecimiento, edad, discapacidad, o incluso cuando varias de estas categorías se combinan. Por ello, el trabajo que se realiza en la organización se enfoca a la defensa jurídica en casos de violaciones a derechos de personas y colectivos que enfrentan estas desventajas en razón de su identidad o situación de especial vulnerabilidad en el acceso a la justicia. |
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Protección internacional frente a violaciones de derechos humanos
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Si bien en la última década se han registrado avances importantes en la impartición de justicia, aún existe gran insatisfacción con la deficiente o nula respuesta estatal ante la demanda de justicia por parte de las personas o colectivos afectados por la violación de sus derechos humanos.
La creciente divulgación que han tenido en México y en los demás países de América Latina los resultados de los casos tramitados ante la CIDH y la Corte IDH, ha generado expectativas y una enorme demanda de atención por parte de estos órganos de protección, por parte de quienes acuden a ellos en busca de la justicia que en los tribunales nacionales les ha sido negada.
En la búsqueda de protección internacional frente a violaciones de derechos humanos, el trabajo de la organización busca a la par que las personas y colectivos afectados, familiares u organizaciones que desean acudir al SIDH logren una comprensión y obtengan elementos para la preparación y presentación del caso, tratando de que formen expectativas realistas de lo que implica el trámite de un caso, sus implicaciones, así como los resultados posibles y escenarios de cumplimiento del Estado mexicano. En este sentido, el trabajo que se realiza busca dotar a las/os protagonistas de los casos de las herramientas para que sean actoras/es partícipes de la tramitación y las decisiones que implica. |
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